miércoles, 29 de mayo de 2019

TAREAS ESCOLARES

NORMATIVA SOBRE TAREAS ESCOLARES
En la ley orgánica 8/1985 dice que corresponde a los padres “participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos”
Así mismo, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, artículo 121.5. ” los centros promoverán compromisos educativos entre las familias o tutores legales y el propio centro en los que se consignen las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado”
ORDEN ECD/2146/2018, de 28 de diciembre, por la que se convoca a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria y en centros de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo del proceso de reflexión en torno a las tareas escolares en el proceso de aprendizaje.
En el anexo II de la orden se puede consultar el documento base cuyo objetivo es orientar a la comunidad educativa para la elaboración de un documento de acuerdos y regulación de las tareas escolares.
OBJETIVO:
Elaboración del documentos de acuerdos y regulción de las tareas escolares.
CONTENIDO: al menos, los siguientes apartados:
  1. Tipos de tareas.
  2. Adecuación de las tareas al perfil del alumnado.
  3. Programación y planificación.
  4. Evaluación.
  5. Iniciativa propia del alumnado.
Se incorporará el documento de acuerdos de las tareas escolares al P.E.C. antes de finalizar el curso 2019-2020.
COMISIÓN DE COORDINACIÓN:
En el seno del C.E., presidida por el jefe de estudios y con la participación de, al menos , un representante del profesorado, un representante de las familias y un representante de los alumnos.
Funciones: inicio y coordinación del proceso, puesta a disposición de la comunidad educativa de todos los recursos necesarios, planificación de todo el proceso ( cauces de solicitud de información, convocatoria de reuniones,difusión del proceso), elaboración del borrador del documento final de acuerdos, seguimiento de la aplicación del documento.
Régimen de funcionamiento: ORDEN ECD/2146/2018, de 28 de diciembre
CALENDARIO DEL PROCESO:
  1. Segundo trimestres curso 18-19: puesta a disposición de la comunidad educativa el “Documento base sobre las tareas escolares en el proceso de aprendizaje”, AnexoII, así como cuantos otros se consideren necesarios.
  2. Tercer trimestre del curso 2018-2019 y primer trimestre del curso 2019-2020: establecimiento de reuniones informativas, de reflexión y debate que sea necesario. A tal efecto, al menos: 1. una reunión de CCP y una reunión de Claustro. 2. sesiones de tutoría. 3. reuniones con todo el personal del centro. 4. reuniones con asociaciones colaboradoras.
  3. A partir de enero de 2020, finalizado el periodo de reflexión y debate, la comisión de coordinación elaborará el borrador de documento de acuerdos y regulación de las tareas escolares.
  4. Una vez elaborado se abrirá un periodo mínimo de 10 días para la aportación de propuestas.
  5. Una vez terminado se remitirá al Claustro y Consejo Escolar para su aprobación.
  6. Antes de la finalización del curso 2019-2020 el documento de acuerdos y regulación de las tareas escolares deberá ser aprobado en Claustro para su incorporación al Proyecto Educativo de Centro.
  7. En el mismo plazo deberá aprobarse en Consejo Escolar para su incorporación al PEC
EJEMPLO PRESENTACIÓN CEIP CATALINA DE ARAGÓN:

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